Licencia de actividad para cafetería en Cataluña

En Generbim tramitamos tu licencia de actividad para cafetería de principio a fin en Cataluña (Barcelona, Girona, Lleida y Tarragona). Nos encargamos del proyecto técnico, la normativa sanitaria, la acústica y la protección contra incendios para que tú te centres en crear tu concepto.

Cafetería con barra de café y zona de mesas preparada para tramitación de licencia de actividad para cafetería en Cataluña

¿Qué es la licencia de actividad para una cafetería?

La licencia de actividad (también llamada licencia de apertura o comunicación previa de actividad recreativa) es la autorización municipal que acredita que tu cafetería cumple con la normativa urbanística, sanitaria, acústica y de seguridad para operar legalmente.

Por qué la necesitas:

En Cataluña, las cafeterías se clasifican como establecimientos abiertos al público de actividad recreativa, al igual que los bares. Sin embargo, una cafetería suele tener un perfil de actividad menos conflictivo que un bar nocturno: horarios más diurnos, sin ambientación musical fuerte y, en muchos casos, sin aparatos de cocción potentes. Esto hace que la tramitación sea generalmente más sencilla y rápida.

A nivel normativo, la cafetería queda regulada por la Llei 11/2009 de espectáculos públicos y actividades recreativas, su Decret 112/2010, y la Llei 20/2009 de prevención y control ambiental.

  • Evitar sanciones y clausuras. Operar sin licencia de apertura puede suponer multas y el cierre de la cafetería por parte del ayuntamiento.
  • Cumplimiento sanitario. Al manipular alimentos (bollería, bocadillos, repostería) la Agencia de Salud Pública puede inspeccionar en cualquier momento.
  • Alta de suministros. Sin licencia no puedes dar de alta electricidad, agua ni gas.
  • Seguro de responsabilidad civil. Las aseguradoras exigen la licencia en vigor en locales de pública concurrencia.

¿Qué tipo de tramitación necesita tu cafetería?

En Cataluña, la tramitación depende del tipo de cafetería, su aforo y los servicios que ofrece:

Comunicación previa de actividad recreativa

Cafeterías con aforo inferior a 150 personas y sin ambientación musical.

Es el procedimiento habitual para la gran mayoría de cafeterías. Se presenta la documentación técnica y, si todo cumple, puedes iniciar la actividad tras la comunicación.

  • Plazo orientativo: 2–4 semanas.
  • Incluye: certificado técnico de actividad, proyecto de incendios, boletín eléctrico.

Licencia municipal de actividad recreativa

Cafeterías con aforo superior a 150 personas o con música en vivo / ambientación musical relevante.

Procedimiento más largo que requiere informe de Bomberos y resolución municipal.

  • Plazo orientativo: 3–6 meses.
  • Es poco habitual en cafeterías convencionales, pero puede aplicarse a café-teatro, café-concierto o grandes espacios.

¿Cafetería o bar? La clasificación importa

La línea entre cafetería y bar puede ser difusa a nivel normativo. En la práctica, lo que determina la clasificación y los requisitos es:

  • Si solo sirves café, bebidas no alcohólicas, bollería y bocadillos fríos, los requisitos son los de un bar básico (tipo 2.3.1 en Barcelona). No necesitas salida de humos ni instalación de gas.
  • Si también sirves tapas calientes, tortillas, tostadas a la plancha, necesitarás al menos una plancha eléctrica y, dependiendo de la potencia, posiblemente salida de humos.
  • Si ofreces brunch, comidas o cenas elaboradas en cocina propia, la clasificación pasa a restaurante y los requisitos aumentan significativamente.

Te asesoramos sobre qué clasificación se ajusta mejor a tu modelo de negocio para conseguir la tramitación más sencilla posible sin limitar tu carta.

Importante: Antes de alquilar o comprar un local, hay que comprobar la compatibilidad urbanística. En Barcelona y otros municipios con plan de usos pueden existir restricciones para nuevos establecimientos de hostelería en determinadas zonas.one (o puede disponer) de salida de humos a cubierta. En edificios residenciales del casco antiguo esto puede ser el factor decisivo.

Normativa específica que debe cumplir una cafetería

Una cafetería, aunque generalmente más sencilla que un bar nocturno o un restaurante, tiene requisitos propios que hay que cumplir. Estos son los puntos clave:

Protección contra incendios (CTE DB SI)

Las cafeterías son locales de pública concurrencia, regulados por el CTE DB SI:

  • Ocupación y evacuación: Cálculo de aforo según superficie útil (1 persona/1,5 m² en zonas de público); recorridos de evacuación máximos; señalización fotoluminiscente y alumbrado de emergencia.
  • Sectorización: Separación del local respecto a otros usos (viviendas, garajes).
  • Extinción: Extintores 21A-113B cada 15 m de recorrido.
  • Cocina: Si la cafetería tiene zona de preparación de alimentos con equipos de cocción de potencia superior a 20 kW, la cocina se clasifica como local de riesgo especial. En la mayoría de cafeterías convencionales (cafetera, microondas, tostadora, plancha pequeña) no se alcanza este umbral.

Normativa sanitaria e higiene alimentaria

Aunque una cafetería no tiene el nivel de complejidad de un restaurante, sí debe cumplir:

  • Superficies de trabajo lavables y no porosas en la zona de barra y preparación.
  • Control de temperaturas en vitrinas de bollería y cámaras frigoríficas.
  • Sistema APPCC (Análisis de Peligros y Puntos Críticos de Control): obligatorio para cualquier establecimiento que manipule alimentos, aunque sea bollería, bocadillos o zumos.
  • Comunicación previa sanitaria ante la Agencia de Salud Pública.
  • Gestión de alérgenos (Reglamento UE 1169/2011): obligatorio informar de alérgenos en la carta, incluso en cafeterías.
  • Zona de almacenamiento ventilada y separada de la zona de servicio.
  • Servicios higiénicos para clientes, con al menos un aseo adaptado.

Acústica

En cafeterías de horario diurno, los requisitos acústicos suelen ser más laxos que en bares o restaurantes nocturnos. Sin embargo:

  • Estudio acústico puede ser necesario si el municipio lo exige o si la cafetería se ubica en planta baja de edificio residencial.
  • Aislamiento básico para evitar transmisión de ruido (especialmente de la máquina de café, molinillo, climatización y compresores de cámaras).
  • Silentblocks en equipos de climatización y refrigeración.

Si la cafetería tiene un componente más cultural (café con música ambiente, espacio de lectura, café-teatro), las exigencias acústicas aumentan.

Salida de humos y extracción

La mayoría de cafeterías convencionales no necesitan salida de humos a cubierta, ya que no disponen de aparatos de cocción potentes. Los equipos habituales (cafetera, microondas, tostadora, sandwichera) no generan humos de cocción que requieran extracción por chimenea.

Sin embargo, si la cafetería incluye una plancha o fogón para elaborar platos calientes, entra en juego la normativa de extracción:

  • Plancha eléctrica de hasta 3 kW: En Barcelona (OMAIIA, bar con restauración mixta menor), no se requiere obligatoriamente salida de humos.
  • Aparatos de cocción de mayor potencia o a gas: Sí se requiere salida de humos conforme a normativa (conducto hasta cubierta, campana con filtros, conducto independiente).

Ventaja competitiva: Si diseñas tu carta para funcionar sin aparatos de cocción potentes, evitas la necesidad de salida de humos, lo que reduce drásticamente el coste de adecuación y amplía enormemente las opciones de locales disponibles.

Accesibilidad

Cumplimiento del CTE DB SUA y las TAAC:

  • Acceso sin barreras desde la vía pública.
  • Al menos un aseo adaptado.
  • Itinerario accesible hasta la barra o zona de mesas.

Terraza (si aplica)

Licencia de ocupación de terraza independiente. Para cafeterías, la terraza es a menudo un elemento clave del negocio. Se tramita con el ayuntamiento y depende del espacio disponible, ancho de acera y horarios.

Instalaciones a legalizar

Climatización / ventilación (según potencia: certificado o proyecto RITE).

Instalación eléctrica de baja tensión (boletín + proyecto si la potencia lo requiere por pública concurrencia).

Instalación de gas (solo si se utilizan aparatos a gas): certificado o proyecto.

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Documentación necesaria para la licencia de actividad de una cafetería

  • Proyecto técnico / Certificado técnico de actividad firmado por ingeniero competente:
    • Memoria descriptiva y justificativa.
    • Planos: emplazamiento, distribución, secciones, evacuación, PCI, electricidad, ventilación, iluminación, accesibilidad.
    • Cálculo de ocupación y aforo.
    • Justificación acústica (si procede).
    • Justificación sanitaria.
  • Proyecto o boletín eléctrico de baja tensión.
  • Certificado o proyecto de climatización / ventilación.
  • Certificado o proyecto de gas (solo si hay aparatos a gas).
  • Estudio acústico (si el municipio lo exige o hay horario nocturno).
  • Certificado de compatibilidad urbanística (en municipios con plan de usos).
  • Comunicación previa sanitaria.
  • Formulario de comunicación previa de actividad recreativa + autoliquidación de tasas.
  • Certificación por EAC si la superficie o el municipio lo exige.

Proceso para tramitar la licencia de actividad de tu cafetería en Cataluña

1)Consulta de viabilidad urbanística
Verificamos con el ayuntamiento que el local permite la actividad de cafetería (plan de usos, compatibilidad urbanística). Evaluamos las condiciones del local y los requisitos específicos del municipio.

2) Levantamiento de datos y proyecto técnico
Visitamos el local, tomamos medidas y elaboramos el proyecto completo: actividad, PCI (CTE DB SI), electricidad, ventilación, acústica (si aplica), accesibilidad y cumplimiento sanitario.

3) Adecuación del local
Coordinamos las obras e instalaciones necesarias: instalación eléctrica, climatización, adaptación de barra y zona de preparación, aseos, etc. En cafeterías sin cocina, las obras suelen ser mínimas.

4) Legalización de instalaciones
Tramitamos la legalización eléctrica, climatización y, si aplica, gas y PCI.

5) Presentación telemática
Preparamos y presentamos la comunicación previa de actividad recreativa, pagando tasas municipales.

6) Inspecciones y subsanaciones
Acompañamos en las visitas de inspección y resolvemos cualquier requerimiento.

7) Aprobación y puesta en marcha
Recibes el justificante de comunicación y abres tu cafetería con total seguridad jurídica.

Objetivo: cero devoluciones, cero pérdida de tiempo y apertura lo antes posible.

Plazos y costes de la licencia de actividad para tu cafetería

Plazos orientativos

  • Comunicación previa (cafetería estándar, aforo < 150): 2–4 semanas.
  • Licencia recreativa (café-teatro, café-concierto, aforo > 150): 3–6 meses.

Costes aproximados

  • Proyecto técnico + tramitación: desde 1.000 € para cafeterías pequeñas sin cocina; proyectos con acústica y PCI desde 1.500–2.500 €.
  • Tasas municipales: entre 230 € y 1.200 € según municipio y superficie.
  • Obras de adecuación: muy variable; una cafetería sin cocina puede requerir mínimas obras (electricidad, climatización, aseos) desde 3.000–6.000 €. Si se incluye cocina con salida de humos, los costes aumentan significativamente.
  • Estudio acústico (si procede): desde 400–800 €.

Cómo optimizamos tu ROI: te asesoramos sobre la clasificación más favorable para tu modelo de negocio, diseñamos la carta y el equipamiento para que los requisitos técnicos (y costes) sean los mínimos posibles, y priorizamos la comunicación previa como trámite más rápido.

Generbim: expertos en licencias de actividad para cafeterías

Especialistas en hostelería

Conocemos a fondo la normativa recreativa, las clasificaciones de la OMAIIA y las exigencias sanitarias. Te asesoramos sobre qué tipo de licencia se adapta a tu concepto para minimizar requisitos sin limitar tu negocio.

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Cobertura total en Cataluña

Barcelona y AMB, Vallès, Baix Llobregat, Maresme, Bages, Osona, Girona, Lleida y Camp de Tarragona.

Servicio integral de principio a fin

  • Viabilidad urbanística y asesoramiento previo al alquiler/compra del local.
  • Proyecto técnico completo (actividad, PCI, electricidad, ventilación, acústica).
  • Legalización de instalaciones.
  • Comunicación previa sanitaria.
  • Tramitación de comunicación previa de actividad recreativa y acompañamiento en inspecciones.
  • Licencia de terraza (si aplica).

Consulta todos nuestros servicios de ingeniería o descubre cómo abrir un local comercial en Cataluña paso a paso.

Ciudades donde tramitamos esta licencia

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Preguntas frecuentes sobre la licencia de actividad para cafetería

Sí, la gran mayoría de cafeterías se tramitan por comunicación previa de actividad recreativa, ya que el aforo suele ser inferior a 150 personas y no hay ambientación musical. Es el procedimiento más rápido: entre 2 y 4 semanas.

En la mayoría de casos no. Si solo tienes cafetera, microondas, tostadora y sandwichera, no generas humos de cocción que requieran extracción por chimenea. Si quieres añadir una plancha o fogón para elaborar platos calientes, sí necesitarás extracción, aunque en Barcelona una plancha eléctrica de hasta 3 kW permite evitar la salida de humos obligatoria.

A nivel normativo, la diferencia es mínima. Ambos se clasifican como establecimientos de actividad recreativa. La clave está en los servicios: si la cafetería no vende alcohol y solo sirve café, infusiones, bollería y bocadillos, los requisitos son prácticamente idénticos. Si añades servicio de copas o tapas elaboradas, los requisitos se acercan a los de un bar.

Si quieres servir comidas o brunch elaborados en cocina propia, la clasificación pasa a restaurante, con todo lo que eso implica: salida de humos obligatoria, proyecto de gas, diseño de cocina con flujos, etc. Si las comidas proceden de un catering externo y solo las calientas (máximo 5 kW), puedes mantener una clasificación más sencilla. Te asesoramos sobre la mejor opción.

Normalmente no si la cafetería tiene horario diurno y no dispone de equipo de música relevante. Pero si abres más allá de las 22:00 h, estás en planta baja de edificio residencial o el municipio lo exige, sí será necesario.

Sí, con licencia de ocupación de terraza del ayuntamiento. Para cafeterías, la terraza suele ser un punto fuerte del negocio. Nosotros coordinamos ambos trámites.

El coste de la licencia (proyecto + tasas) parte desde unos 1.200–1.500 € para cafeterías sencillas. Las obras de adecuación del local varían mucho: desde 3.000 € si el local ya está acondicionado, hasta 15.000–20.000 € si hay que hacer reforma integral. Nuestro consejo es buscar un local que ya haya sido cafetería o bar para minimizar la inversión en obras.

Si la actividad no cambia, puedes tramitar un cambio de titularidad más rápido y económico. Si modificas la actividad o el local, necesitarás nueva licencia.