Etiqueta energética, planos y programa de cálculo para el nuevo certificado energético de 2026
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Cambios en el certificado energético desde el 30 de septiembre de 2026: nuevas etiquetas y CE3X 3.2

El 30 de septiembre de 2026 cambió la forma de hacer y registrar los certificados de eficiencia energética en España. Desde esa fecha hay un nuevo modelo de certificado, tres etiquetas energéticas distintas según el trámite y un nuevo formato XML para el registro, y los registros autonómicos solo admiten certificados hechos con la última versión de los programas reconocidos. En Generbim ya trabajamos con CE3X 3.2, la versión vigente, para que tu certificado se registre sin rechazos.

Qué ha cambiado en el certificado energético el 30 de septiembre de 2026

El cambio no viene de una ley nueva, sino de la actualización de los Documentos Reconocidos: los programas y modelos oficiales que el Ministerio para la Transición Ecológica (MITECO) reconoce para certificar edificios. Las modificaciones se reconocieron en julio de 2025 y se aplican desde el 30 de septiembre de 2026.

La base legal es el Real Decreto 390/2021, que regula el procedimiento de certificación. Su artículo 5.1 obliga a calcular la eficiencia energética con la última versión del documento reconocido inscrita en el registro del Ministerio. Por eso, según indica el MITECO, desde el 30 de septiembre los registros de las comunidades autónomas solo aceptan certificados hechos con las versiones actualizadas de los programas.

Las novedades principales son tres:

  • Nuevas etiquetas energéticas, diferenciadas según la fase del edificio.
  • Nuevo modelo de certificado, con cambios en su estructura y en sus anexos.
  • Nuevo formato electrónico XML para presentar el certificado en el registro.

A esto se suma un cambio que entró en vigor unas semanas antes: el Real Decreto 659/2025, aplicable desde el 23 de julio de 2026, que modificó el RD 390/2021 y reforzó los requisitos del técnico certificador (lo explicamos más abajo).

CE3X 3.1 y CE3X 3.2: qué versión hay que usar

CE3X es el programa más utilizado para certificar edificios existentes por el procedimiento simplificado. Para adaptarse a los nuevos Documentos Reconocidos se publicó la versión 3.1, que entró en vigor el 30 de septiembre de 2026.

A los pocos días aparecieron incidencias en esa versión, y a principios de octubre se publicó la versión 3.2, que corrige errores detectados en la 3.1, entre ellos fallos en la generación del XML y del PDF del certificado. Hoy la página oficial del MITECO ya recoge CE3X 3.2 como la versión del programa.

En la práctica, esto significa:

  • Un certificado emitido hoy debe hacerse con la versión vigente del programa. Si no, el registro puede rechazarlo.
  • Las nuevas versiones no pueden usarse para certificados con fecha anterior al 30 de septiembre de 2026.
  • Si un técnico sigue usando versiones antiguas, el certificado no se podrá inscribir y no tendrá validez legal, porque el certificado solo es válido una vez registrado (art. 6.6 del RD 390/2021).

Las tres etiquetas energéticas: proyecto, obra terminada y edificio existente

Hasta ahora, la etiqueta energética tenía un formato común. Con los nuevos Documentos Reconocidos se establecen tres modelos oficiales independientes:

EtiquetaCuándo se usa
ProyectoEdificios de nueva construcción en fase de diseño, con la calificación prevista en el proyecto.
Obra terminadaEdificios nuevos una vez construidos, con la calificación comprobada al final de la obra.
Edificio existenteViviendas, locales y edificios ya construidos que se venden, alquilan o reforman.

Esta diferenciación permite seguir la eficiencia del edificio desde el diseño hasta la entrega, y comprobar si lo que se prometió en el proyecto se cumple en la obra acabada.

Para la mayoría de propietarios que venden o alquilan una vivienda o un local, la que importa es la etiqueta de edificio existente. Es la que debe aparecer en los anuncios de venta o alquiler (art. 15.2 del RD 390/2021) y la que se adjunta al contrato.

El nuevo modelo de certificado de eficiencia energética

El certificado oficial también cambia de estructura. Los cambios más visibles son:

  • Un anexo específico con los datos del técnico certificador, que identifica con más claridad quién firma el certificado y con qué habilitación.
  • Reorganización de los anexos, incluido el de las medidas de mejora, que recoge las actuaciones recomendadas para subir la calificación energética del inmueble.
  • Un formato pensado para que el propietario, el comprador o el inquilino entiendan mejor los datos del edificio.

Las medidas de mejora no son un trámite menor. Son el punto de partida para plantear una rehabilitación energética, cambiar la instalación térmica o incorporar una instalación fotovoltaica, y suelen pedirse como documentación técnica en muchas líneas de ayudas a la rehabilitación.

Nuevo formato XML y registro del certificado en Cataluña

Cada certificado se presenta en el registro autonómico acompañado de un archivo XML con todos los datos de la evaluación energética. Con los nuevos Documentos Reconocidos se actualiza también ese formato: en el caso de la herramienta HULC, por ejemplo, el Código Técnico de la Edificación recoge la incorporación de la versión 3.0 del XML y del PDF obligatorios desde el 30 de septiembre.

En Cataluña, el registro de certificados lo gestiona el ICAEN (Institut Català d’Energia), que ya había modificado en abril de 2026 sus formularios de registro, pasando de PDF a HTML. Con el nuevo XML se refuerza la inscripción telemática directa y se reducen los errores de transcripción de datos.

Recuerda que, según el art. 6.6 del RD 390/2021, el certificado solo tiene validez legal una vez inscrito en el registro. Si la comunidad autónoma no fija otro plazo, hay que registrarlo en el plazo de un mes desde su emisión.

Más exigencia para el técnico certificador (RD 659/2025)

Desde el 23 de julio de 2026, el RD 390/2021 incorpora nuevos artículos sobre el técnico competente para certificar:

  • Se concretan las titulaciones habilitantes y, para algunos perfiles, la formación complementaria necesaria (art. 4 bis).
  • El técnico debe presentar una declaración responsable ante el órgano competente de la comunidad autónoma donde tenga su domicilio fiscal, válida en todo el territorio (art. 4 ter).
  • Las comunidades autónomas llevan un registro y control de los técnicos certificadores (art. 4 quáter).

Se mantiene, además, una exigencia que muchos propietarios desconocen: el técnico tiene que hacer al menos una visita presencial al inmueble, como máximo tres meses antes de emitir el certificado (art. 6.5). Un certificado «online» sin visita no cumple la normativa.

¿Qué pasa si ya tengo el certificado energético?

Los cambios afectan a los certificados que se emiten a partir del 30 de septiembre de 2026. La normativa no establece que los certificados ya registrados pierdan su validez: siguen vigentes hasta su fecha de caducidad.

El certificado tiene una validez máxima de 10 años, que se reduce a 5 años si la calificación es G (art. 13.1 del RD 390/2021). Solo tendrás que hacer uno nuevo si el tuyo caduca, si reformas el inmueble de forma que cambie su comportamiento energético o si quieres actualizar la calificación después de una mejora.

Si no recuerdas cuándo se emitió el tuyo, puedes consultarlo en el registro del ICAEN o pedirnos que lo revisemos.

Cuándo es obligatorio el certificado energético

El RD 390/2021 (art. 3.1) exige el certificado en estos casos, entre otros:

  • Venta o alquiler de una vivienda, un local o un edificio existente.
  • Edificios de nueva construcción, tanto en proyecto como en obra terminada.
  • Reformas o ampliaciones relevantes: las que requieren un nuevo proyecto de instalaciones térmicas, afectan a más del 25 % de la envolvente o amplían el edificio más de un 10 % (y más de 50 m²).
  • Edificios de más de 500 m² de uso terciario frecuentado por el público (oficinas, comercios, hoteles, restaurantes, centros sanitarios o docentes, instalaciones deportivas…), que además deben exhibir la etiqueta en un lugar visible.
  • Edificios de la Administración de más de 250 m².
  • Edificios obligados a pasar la Inspección Técnica del Edificio (ITE).

Si quieres conocer el certificado en detalle, lo explicamos en qué es el certificado de eficiencia energética y para qué sirve.

Cómo hacemos los certificados energéticos en Generbim

En Generbim ofrecemos un servicio de auditoría, legalización y certificación energética plenamente adaptado al nuevo marco:

  1. Visita al inmueble, como exige el RD 390/2021, para tomar medidas y revisar la envolvente, las ventanas y las instalaciones de calefacción, refrigeración y agua caliente.
  2. Cálculo con CE3X 3.2, la versión vigente, con el nuevo modelo de certificado y la etiqueta que corresponda al trámite.
  3. Propuesta de medidas de mejora realistas, explicadas para que sepas qué te conviene hacer y en qué orden.
  4. Firma y registro en el ICAEN con el formato XML actualizado, para que el certificado tenga validez legal desde el primer momento.

Cada inmueble es distinto, por eso preparamos un presupuesto personalizado según el tipo de edificio, la superficie y el trámite. Trabajamos en toda Cataluña, con base en Olesa de Montserrat.

Sobre el autor

Feliciano García Bautista es ingeniero técnico industrial, colegiado nº 17643 del Col·legi d’Enginyers Graduats i Enginyers Tècnics Industrials de Barcelona, y responsable técnico de Generbim. Lleva más de 18 años redactando proyectos, legalizaciones y certificaciones energéticas para empresas y propietarios en Cataluña.

Preguntas frecuentes sobre los cambios del certificado energético

¿Mi certificado energético anterior sigue siendo válido?

Sí. Los cambios del 30 de septiembre de 2026 afectan a los certificados que se emiten desde esa fecha. Uno ya registrado sigue vigente hasta que caduque: 10 años, o 5 si la calificación es G.

¿Qué versión de CE3X hay que usar para certificar?

La última versión publicada por el MITECO, que hoy es CE3X 3.2. Los registros autonómicos solo admiten certificados hechos con la versión actualizada de los programas reconocidos.

¿Qué diferencia hay entre las tres etiquetas energéticas?

La etiqueta de proyecto se usa en edificios nuevos en fase de diseño, la de obra terminada cuando el edificio nuevo está acabado y la de edificio existente en viviendas y locales ya construidos que se venden, alquilan o reforman.

¿Es obligatoria la visita del técnico para hacer el certificado?

Sí. El técnico debe visitar el inmueble al menos una vez, como máximo tres meses antes de emitir el certificado (art. 6.5 del RD 390/2021).

¿Cuándo tiene validez legal el certificado energético?

Cuando está inscrito en el registro de la comunidad autónoma; en Cataluña, el del ICAEN. Si no hay otro plazo fijado, debe registrarse en el plazo de un mes desde su emisión.

¿Cuánto cuesta el certificado energético con el nuevo modelo?

Depende del tipo de inmueble, la superficie y el trámite. En Generbim preparamos un presupuesto personalizado sin compromiso.

¿Necesitas un certificado energético?

En Generbim lo hacemos con CE3X 3.2 y el nuevo modelo oficial, y lo registramos en el ICAEN para que tenga validez desde el primer día.

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